El Senasa impone 15 nuevas exigencias sanitarias para importar derivados bovinos de Argentina, reemplazando la norma de 2010 y reforzando el control de ingreso al país.
El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) aprobó una resolución publicada el domingo 11 de octubre de 2024 en El Peruano, que establece 15 requisitos específicos para la importación de plasma y hemoglobina bovina en polvo procedentes de Argentina. Estos incluyen condiciones sobre el origen animal, el proceso industrial, la documentación sanitaria y el transporte. La norma faculta al Senasa a emitir permisos de importación únicamente cuando se acredite, mediante certificado sanitario de exportación, el cumplimiento integral de dichos requisitos.
Dato clave: La norma vigente, publicada el 11 de octubre de 2024, reemplaza las disposiciones de 2010 y exige 15 condiciones sanitarias específicas para la entrada de derivados bovinos.
La medida responde a la necesidad de actualizar los estándares sanitarios frente a avances científicos y cambios en los protocolos internacionales de seguridad alimentaria. Los productos afectados —plasma y hemoglobina bovina en polvo— son utilizados principalmente en la fabricación de alimentos para animales y, en menor medida, en insumos para la industria farmacéutica. El rechazo automático de la mercancía en caso de incumplimiento refleja una postura más estricta del Senasa ante riesgos sanitarios potenciales, especialmente tras incidentes previos de importaciones no conformes en el sector agropecuario.
Contexto
Esta actualización se enmarca en una política sanitaria más rigurosa del Perú hacia productos de origen animal, especialmente tras la reevaluación de riesgos asociados a agentes patógenos como el virus de la fiebre aftosa o priones. El sector exportador argentino de derivados bovinos es uno de los principales proveedores del mercado peruano, lo que hace crítica la armonización de normas. La Cámara de Comercio de Lima ha expresado preocupación por los posibles retrasos en el abastecimiento, mientras que los productores locales de piensos valoran la mejora en la calidad y seguridad de los insumos importados.
¿Qué sigue?
Las empresas importadoras tienen un plazo de 90 días para adaptarse a los nuevos requisitos, tras lo cual el incumplimiento implicará la negativa automática de ingreso de la mercancía. El Senasa indicó que monitoreará de forma permanente la aplicación de la norma y podrá emitir directrices complementarias según evolución técnica. La medida también podría influir en futuras negociaciones comerciales entre Perú y Argentina en materia sanitaria fitosanitaria.
📰 Publicado originalmente en Diario Gestión. Este contenido ha sido reescrito con fines informativos.
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