La SBS disolvió la Cooperativa Central Sindical Lima por inactividad y designó administradores temporales para gestionar su cierre definitivo.
Mediante la Resolución SBS N° 02447-2026, publicada hoy en El Peruano, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Central Sindical Lima Ltda., al constatar su incumplimiento de la obligación de operar de forma efectiva. Asimismo, se procedió a su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público. La norma establece una prohibición expresa de realizar actividades comerciales o de captación de recursos bajo su razón social, y confía la gestión transitoria a Elizabeth Salvatierra Laura (principal) y Karen Cerna Guillén (alterna).
Dato clave: La resolución fue emitida el día de hoy y entra en vigencia inmediatamente tras su publicación en El Peruano.
La medida responde a la causal legal de inactividad, lo que implica que la entidad no ha operado de manera efectiva durante un período prolongado, violando así las obligaciones establecidas en la normativa de la SBS para entidades no autorizadas a captar recursos del público. Esta decisión forma parte del monitoreo continuo que realiza la superintendencia para preservar la estabilidad del sistema financiero y proteger a los potenciales usuarios. La intervención busca garantizar un cierre ordenado, evitando riesgos sistémicos y asegurar el cumplimiento de las obligaciones legales pendientes.
Contexto
Análisis: La disolución refleja la rigurosidad del marco regulatorio peruano frente a entidades que operan en grises legales. En los últimos años, la SBS ha intensificado sus acciones de supervisión contra cooperativas que, sin contar con autorización plena, mantienen actividades similares a las de entidades financieras. Esta medida fortalece la transparencia del sector y evita la competencia desleal, especialmente en un escenario donde la formalización del sistema financiero es prioridad nacional. Aunque no hay denuncias de afectación directa a terceros, la inactividad prolongada genera incertidumbre jurídica y puede erosionar la confianza en el ecosistema cooperativo.
¿Qué sigue?
Los administradores temporales tendrán un plazo razonable para liquidar los activos pendientes, resolver obligaciones pendientes y entregar los documentos a la SBS. Posteriormente, se procederá al cierre registral definitivo y la cancelación de su identificación tributaria. Se espera que esta gestión se concrete en los próximos meses, sin afectar a terceros de buena fe. La resolución sirve como advertencia a otras entidades similares sobre la necesidad de operar dentro del marco legal establecido.
📰 Publicado originalmente en Diario Gestión. Este contenido ha sido reescrito con fines informativos.
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