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Precios vs. Libertad de mercadoControl estatalLibertad de preciosProyecto legislativo genera división jurídica

El Congreso inició el debate sobre un proyecto de ley que obligaría a las clínicas privadas a usar el precio de referencia de Digemid para calcular descuentos y copagos en medicamentos, generando críticas por supuesto control de precios.

El proyecto de ley N°184-2026-2031, presentado por el congresista Diethell Columbus (Fuerza Popular) y sustentado el 6 de octubre ante la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, propone que los precios de medicamentos en clínicas se vinculen al indicador público de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid). Según la exposición de motivos, los precios en farmacias de clínicas pueden alcanzar hasta 14 veces más que en farmacias privadas externas; aunque los afiliados a seguros privados reciben descuentos entre 70% y 80%, en muchos casos el monto final supera el precio de mercado.

Dato clave: Las farmacias de clínicas privadas aplican precios hasta 14 veces superiores al promedio de mercado, según datos incluidos en el proyecto legislativo.

La iniciativa busca corregir una práctica que, según sus impulsores, perjudica al consumidor: un paciente con seguro podría pagar más por un medicamento que otro que lo adquiere sin cobertura. La propuesta exige que los precios base para descuentos, copagos y coaseguros se calculen tomando como referente el precio publicado por Digemid —entidad a la que todas las farmacias y boticas del país deben reportar sus precios de venta—. No obstante, expertos cuestionan la constitucionalidad de la medida, al considerar que impone una interferencia estatal en la libertad de fijación de precios entre particulares.

Contexto

La propuesta ha generado divisiones entre especialistas. Jesús Espinoza, socio senior en Muñiz y exdirector del Indecopi, advierte que la iniciativa constituiría un control de precios, lo que violaría el modelo económico constitucional peruano, que protege la libertad de negociación entre partes. Por su parte, Roberto Shimabukuro, experto en protección al consumidor, señala que el texto actual no garantiza una reducción efectiva de precios, ya que solo obliga a usar el precio de Digemid como referencia sin fijar un tope máximo ni obligar a vender a ese monto. Además, critica que falta claridad en aspectos clave: cómo se actualizarán los datos, cómo se compararán productos con variantes similares y qué sucede cuando la clínica reporta un precio distinto al de Digemid.

¿Qué sigue?

El proyecto ingresará a discusión en comisiones unidas (Salud y Economía) antes de ser votado en pleno. Su destino es incierto, dada la oposición de sectores empresariales y jurídicos. Si se aprueba, su implementación requeriría una norma reglamentaria detallada para evitar ambigüedades. Expertos recomiendan priorizar la transparencia y la comparabilidad de precios antes que imponer mecanismos de fijación directa.


📰 Publicado originalmente en Diario Gestión. Este contenido ha sido reescrito con fines informativos.