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Plazos Electorales 20264 oct412 oct1228 oct28Actas pendientes • Audiencias • Cierre regional

El JNE no definió un plazo para resolver si los alcaldes que se inscribieron como primeros regidores podrían asumir la alcaldía tras la renuncia de los candidatos titulares, pese a haber avalado su postulación en fase previa.

El vocero del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Valdivia, indicó que el pleno de la institución emitirá una resolución únicamente ante la presentación formal de un caso concreto ante los jurados electorales especiales, ya sea durante la proclamación, la constitución de autoridades o en otro momento posterior. Esta postura fue reiterada el 9 de octubre, tras informar sobre el avance del proceso electoral: 6,930 actas observadas, 6,841 expedientes abiertos, 2,402 resueltos (35% de avance), y 66 casos relacionados con actas siniestradas o extraviadas. Asimismo, señaló que los resultados electorales en distintas jurisdicciones podrían conocerse a principios de noviembre, dependiendo del volumen de impugnaciones pendientes.

Dato clave: El JNE registró 1,800 actas observadas en la elección de alcalde de Lima Metropolitana, que deben ser resueltas por 10 jurados electorales especiales.

El JNE ya había validado, mediante fallos previos, que la norma no impide que un alcalde postule como primer regidor, lo que permitió su inscripción en los comicios del 4 de octubre. Sin embargo, ese criterio se limitó a la fase de postulación y no resolvió el escenario posterior de reelección indirecta, lo que ha generado incertidumbre jurídica. La ausencia de una postura anticipada contrasta con la expectativa ciudadana y política sobre la legitimidad de una eventual reelección indirecta, especialmente tras la renuncia de algunos candidatos titulares tras los comicios.

Contexto

Análisis: La postura del JNE refleja su riguroso apego al principio de legalidad y la necesidad de resolver casos concretos, evitando emitir opiniones consultivas. Esta actitud, aunque técnicamente correcta, ha generado tensiones con alcaldes interinos y sectores políticos que buscan claridad sobre la sucesión municipal. La institución electoral también enfrenta una carga procesal alta: más de 6,900 actas observadas y 311 recuentos físicos programados, lo que retrasa la consolidación definitiva de resultados. La resolución del tema de la reelección indirecta adquiere especial relevancia en distritos donde la diferencia entre los dos primeros candidatos es estrecha y donde la renuncia de un alcalde-electo podría abrir la puerta a la sucesión por vía regidora.

¿Qué sigue?

El JNE convocó siete audiencias públicas a partir del 12 de octubre y dispuso 311 recuentos de votos físicos. La institución estableció el 28 de octubre como fecha límite para concluir las revisiones en elecciones regionales. En los próximos días, se espera que algunos jurados electorales especiales reciban solicitudes formales sobre la reelección indirecta, lo que activaría el análisis del pleno del JNE. La falta de un cronograma claro podría prolongar la incertidumbre en gobiernos locales, especialmente en municipios donde la sucesión por vía regidora es viable tras la renuncia de los candidatos titulares.


📰 Publicado originalmente en El Comercio. Este contenido ha sido reescrito con fines informativos.