El senador Rafael Yamashiro aseguró que la Constitución ya dispone un marco específico contra organizaciones terroristas, pero PerúCheck y expertos constatan que solo existen disposiciones generales sin regulación detallada.
El legislador de Fuerza Popular realizó estas declaraciones en RPP Noticias al abordar el pedido de facultades legislativas del Ejecutivo. Tras revisar la Carta Magna, PerúCheck identificó que solo cuatro artículos (2, 37, 140 y 173) mencionan explícitamente el terrorismo, sin definir qué constituye una organización terrorista ni establecer un procedimiento operativo concreto para su combate.
Dato clave: El artículo 37 excluye del beneficio de extradición a quienes cometan terrorismo, genocidio o magnicidio, pero no define qué agrupaciones califican como terroristas.
La Constitución peruana contiene disposiciones sobre extradición, competencia judicial y, en casos extremos, la pena de muerte por terrorismo, siempre bajo el marco de tratados internacionales. No obstante, estas normas son genéricas y requieren desarrollo legal posterior. El abogado constitucionalista Luis Portugal explicó que la Carta Magna funciona como un esqueleto normativo: establece principios generales, pero deja al legislador la tarea de crear leyes específicas para aplicarlos. Por ello, afirmar que “no hay nada que desarrollar” es inexacto, ya que falta un cuerpo normativo especializado que detalle protocolos de actuación, detención, investigación y sanción contra estas organizaciones.
Contexto
La polémica surge en el marco de un debate legislativo sobre la posible redefinición de categorías como “organizaciones criminales” y su inclusión en el régimen antiterrorista. Expertos advierten que una ampliación sin base legal sólida podría generar riesgos de violación de derechos fundamentales. El Congreso aún no ha presentado un proyecto de ley que regule específicamente este tema, y la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha exigido al Perú garantizar que cualquier medida antiterrorista cumpla con estándares internacionales de legalidad y proporcionalidad.
¿Qué sigue?
Se espera que el Ejecutivo envíe un proyecto de ley para definir con claridad qué agrupaciones se consideran terroristas y cómo deben ser procesadas. Mientras tanto, el Poder Legislativo debe articular un consenso técnico y político que evite la instrumentalización del terrorismo con fines políticos, respetando siempre el Estado de Derecho.
📰 Publicado originalmente en El Comercio. Este contenido ha sido reescrito con fines informativos.
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