La posibilidad de que Rafael López Aliaga asuma la alcaldía de Lima tras la renuncia de su candidato levanta dudas constitucionales: su elección previa para 2023-2026 impediría su reelección inmediata, según el art. 194 de la Carta Magna.
Tras la renuncia del candidato a alcalde de Renovación Popular, Luis Rubio, el 4 de agosto, circula la tesis de que el primer regidor —López Aliaga— asumiría el cargo si su lista resultara victoriosa el 4 de octubre. No obstante, el jurista constitucionalista señala que López Aliaga no fue candidato a alcalde, sino a regidor, cargo distinto según la Ley de Elecciones Municipales, lo que impide que su nombre aparezca en la papeleta como aspirante a burgomaestre.
Dato clave: El artículo 194 de la Constitución prohíbe expresamente la reelección inmediata de alcaldes, con vigencia desde 2015 para garantizar la alternancia en el poder local.
El argumento de la sucesión automática tampoco aplica, pues no hay un alcalde en ejercicio que haya dejado el cargo por fallecimiento, destitución u otra causa legítima; simplemente no hubo titular en funciones para suceder. Si el Jurado Electoral Proclamara a López Aliaga como alcalde electo, estaría creando una figura que la Constitución vetó intencionalmente. Esto configuraría un fraude a la Constitución, entendido como el uso de mecanismos formales para eludir una prohibición clara, algo que la doctrina y la jurisprudencia rechazan categóricamente.
Contexto
La discusión ha polarizado el debate público, con etiquetas ideológicas que evitan abordar el fondo jurídico. Mientras unos lo tildan de “caviar” por cuestionarlo, otros lo defienden como antídoto contra la izquierda. Sin embargo, el asunto no es de preferencias políticas, sino de respeto al ordenamiento superior. El JNE ya habilitó a López Aliaga únicamente como candidato a regidor, no como alcalde, lo que refuerza la distinción técnica entre ambos roles. Círculos jurídicos advierten que si se permite este desenlace en Lima, podría extenderse a otras provincias, debilitando el principio de alternancia.
¿Qué sigue?
El JNE deberá pronunciarse con claridad antes de las elecciones del 4 de octubre, ya sea rechazando la postulación encubierta o confirmando su ilegalidad. Una resolución ambigua no solo vulneraría la Constitución, sino que sentaría un peligroso precedente para la gobernanza local. La institucionalidad municipal está en juego.
📰 Publicado originalmente en El Comercio. Este contenido ha sido reescrito con fines informativos.
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